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Visado Procedimiento para la obtención

La solicitud de visado deberá presentarse, por escrito, en el impreso correspondiente en un solo ejemplar, cumplimentado en su totalidad, firmado por el extranjero y acompañado de una fotografía tamaño carné.
El extranjero solicitante del visado deberá, por regla general, previa cita, que se le concederá en un plazo máximo de 15 días, dirigirse personalmente a la Representación diplomático-consular, también para ser entrevistado sobre los motivos y circunstancias de la estancia y para que se le tomen las huellas dactilares (Art. 13 y Art. 47 Código de Visados).

El solicitante deberá adjuntar al impreso de solicitud un documento de viaje válido en el que pueda estamparse materialmente el visado y, en su caso, la documentación justificativa.
El solicitante está obligado a certificar
– el objeto del viaje
– el medio de transporte y de regreso
– los medios de subsistencia durante el viaje y la estancia
– las condiciones de alojamiento.

Tras valorar la admisibilidad de la solicitud de visado en función de la documentación aportada por el solicitante y de lo que conozca durante la entrevista -que suele ser directa y personal-, la Representación realizará los controles preventivos de seguridad prescritos, consultando la lista de solicitantes no admisibles en el espacio Schengen por medios informáticos o telemáticos a través de la red mundial de visados.

Están exentos de la obligación de visado para estancias de hasta 90 días, por turismo, misión, negocios, invitación, competición deportiva y estudios:
Albania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Bosnia-Herzegovina, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dominica, El Salvador, Antigua República Yugoslava de Macedonia (ARYM), Emiratos Árabes Unidos, Georgia, Japón, Granada, Guatemala, Honduras, Hong Kong, Islas Salomón, Israel, Kiribati, Malasia, Macao, Islas Marianas del Norte, Islas Marshall, Mauricio, México, Micronesia, Mónaco, Montenegro, Nicaragua, Nueva Zelanda, Palaos, Panamá, Paraguay, Perú, San Cristóbal y Nieves, Samoa, Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Singapur, Estados Unidos, St. Vicente y las Granadinas, Taiwán, Timor Oriental, Tonga, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Vanatu y Venezuela.

Para los nacionales de Taiwán, la exención de visado sólo se aplica a los titulares de pasaportes que incluyan su número de documento de identidad.
Para los ciudadanos de Albania, Bosnia y Herzegovina, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Moldavia, Montenegro y Serbia, la exención de visado sólo se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.
Los ciudadanos serbios titulares de pasaportes expedidos por la Dirección de Coordinación Serbia (en serbio: Koordinaciona upreva) están excluidos de la exención de visado.
Los ciudadanos de San Marino, la Santa Sede y Suiza están exentos de la obligación de visado en todos los casos.
Fuente: Ministerio de Asuntos Exteriores

NOTA:
Aunque los nacionales de algunos países (por ejemplo, Argentina, Brasil, México, Venezuela, etc.), en virtud de acuerdos bilaterales, no están sujetos a la solicitud previa de visado para estancias de corta duración (hasta un máximo de 90 días por semestre), deben demostrar en cualquier caso estar en posesión de los requisitos relativos a los medios de subsistencia previstos en la Directiva del Ministerio del Interior de 01/03/2000. Cuando el extranjero entre en el territorio nacional del Estado italiano, las autoridades policiales fronterizas podrán pedirle que demuestre sus medios de subsistencia. La no posesión de estos medios dará lugar a una orden formal de rechazo en frontera.

Atención, al entrar en el Espacio Schengen las autoridades fronterizas pueden pedirle
– Que presente su pasaporte válido durante al menos tres meses después de la fecha prevista de salida del Espacio Schengen (reentrada).
– Que presente documentación que justifique los motivos y la duración de su estancia en Italia.
– Acreditar un seguro de enfermedad Schengen por valor de 30.000 euros.
– Demostrar la disponibilidad de medios económicos de subsistencia o mostrar una garantía bancaria o de seguro
– Disponer de un billete de avión con fecha de regreso no superior a 90 días a partir de la fecha de entrada en el espacio Schengen
– Justificante de alojamiento en hotel o declaración de alojamiento (ex carta de invitación)

Para comprobar si necesita visado para entrar en Italia, puede consultar la base de datos de visados en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Haciendo clic en la pregunta «¿Necesita visado?» y rellenando los datos sobre Nacionalidad, Residencia, Duración de la estancia y Motivo del visado, los ciudadanos extranjeros pueden saber si necesitan visado para entrar en Italia y obtener información de carácter meramente indicativo (y no exhaustivo) sobre los requisitos generales para solicitarlo.

https://vistoperitalia.esteri.it/
el sitio está traducido al inglés, árabe, ruso y chino.

Los ciudadanos de los siguientes países/entidades territoriales, titulares de pasaportes ordinarios, están sujetos a la obligación de visado para entrar en Italia:

Afganistán, Argelia, Angola, Arabia Saudí, Armenia, Autoridad Palestina, Azerbaiyán, Bahréin, Bangladesh, Belice, Benín, Bután, Bielorrusia, Bolivia, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Camboya, Camerún, Cabo Verde, África Central, Chad, China, Comoras, Congo, Congo (República Democrática), Corea del Norte, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, República Dominicana (República), Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Fiji, Filipinas, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Jamaica, Yibuti, Jordania, Granada, Guinea, Guinea Bissau, Guinea Ecuatorial, Guyana, Haití, India, Indonesia, Irán, Iraq, Kazajstán, Kenia, Kirguistán, Kiribati Kosovo, Kuwait, Laos, Lesoto, Líbano, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Maldivas, Malí, Marruecos, Islas Marshall, Mauritania, Micronesia, Myanmar, Moldavia, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nauru, Nepal, Níger, Nigeria, Omán, Pakistán, Palaos, Papúa Nueva Guinea, Qatar, Ruanda, Rusia, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Islas Salomón, Samoa Occidental, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Sudáfrica, Sudán, Surinam, Suazilandia, Tayikistán, Tanzania, Tailandia, Timor Oriental, Togo, Tonga, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Vanuatu, Vietnam, Yemen, Zambia y Zimbabue.

Alojamiento Instalaciones para congresos

Gracias a un acuerdo especial con el hotel que acogerá la 77ª Asamblea Mundial y Conferencia de la OMEP, los participantes en el evento tendrán derecho preferente sobre todas las habitaciones disponibles en las dos instalaciones del hotel, Savoia Hotel Regency y Country House, así como un descuento exclusivo para los participantes. La oferta es válida para las reservas efectuadas hasta el 14 de marzo de 2025.
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n. 10 habitaciones (in 12.07/out 19.07)
Enlace de reserva: https://www.hotelmichelino.it/en/
Código de descuento: OMEP25SAV
Distancia desde el lugar de la asamblea (Savoia Hotel Regency): 2,5 Kilómetros (aproximadamente 5 minutos en coche/taxi, sin transporte público)

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